Subvenciones Placas solares Extremadura, con la finalidad de fomentar modelos de inversión innovadores que promuevan cambios en los patrones de producción y consumo hacia las energías renovables. La finanlidad es asegurar la competitividad regional y asegurar el abastecimiento energético. En el siguiente artículo te comentamos todos los requisitos para poder optar a ellas e incluso la burocracia pertinente:
Beneficiarios de las Subvenciones Placas solares EXTREMADURA
Los beneficiarios de la subvención serán los propietarios de instalaciones de energía solar fotovoltaica aisladas con y sin acumulación destinada para el autoconsumo limitadas a una potencia en instalación fotovoltaica igual o inferior a 10 kWp. Siendo beneficiarios de las ayudas, las actuaciones en territorio extremeño de:
- Personas físicas, respecto a las viviendas de su propiedad; ya sean de uso habitual o segunda vivienda.
- Comunidades de propietarios de edificios, respecto los edificios propios.
- Asociaciones sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente inscritas en el Registro correspondiente de asociaciones.
- Municipios y entidades locales menores, respecto a sus dependencias municipales.
- Las empresas privadas y sus agrupaciones que tengan la categoría de
microempresas, pequeñas y medianas empresas (Pyme) conforme a la clasificación del anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014 . Y que adopten una de las siguientes: profesionales autónomos, sociedades anónimas, sociedades limitadas, sociedades cooperativas, sociedades agrarias de transformación y sociedades civiles con personalidad jurídica.
- Comunidades de bienes, que sean empresas y siempre que realicen una actividad económica.
- Empresas proveedoras de servicios energéticos.
Obligaciones en la instalación de placas solares en EXTREMADURA
La instalación debe cumplir varias condiciones:
- Ejecutar la instalación con los reglamentos técnicos y de seguridad que le sean de aplicación, obteniendo todas las autorizaciones administrativas y realizando las legalizaciones e inscripciones correspondientes. Además de disponer de equipos homologados.
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero.
- Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones.
- Mantener a disposición del órgano que concede la ayuda todos los documentos justificativos relacionados con los gastos subvencionados.
- Facilitar cuanta información le sea requerida por la Administración en el ejercicio de sus funciones de fiscalización del destino de las ayudas.
Presupuestos Financiables Máximos
El presupuesto máximo subvencionable por instalación será 750.000 €, financiado por la entidad FEDER.
Gastos Subvencionables
Después de haber cumplido las anteriores disposiciones, se entenderán por subvencionables:
- Los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
- Los gastos necesarios para llevar a cabo la instalación.
- Se considerarán subvencionables las ampliaciones de instalaciones existentes siempre que estás se traten de instalaciones nuevas, de nueva ejecución y completas.
- Las características específicas y requisitos que deberán cumplir cada una de estas actuaciones, así como los costes subvencionables, las exclusiones, el ahorro energético mínimo asociado, y los costes máximos de inversión.
NO serán subvencionados los gastos que tengan un valor superior al del mercado.
Gastos no subvencionables
- Inversiones se hayan iniciado con anterioridad a la presentación de la solicitud.
- Instalaciones que habiendo sido subvencionadas en la convocatoria anterior no fueron finalmente ejecutadas sin causa justificada.
- Los impuestos directos e indirectos, salvo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- Los costes que haya podido ejecutar el beneficiario de la subvención y que haya sido facturado con anterioridad a la fecha de solicitud.
- Gastos de mantenimiento de las inversiones y los correspondientes a los seguros referidos a las actuaciones incentivada.
- Gastos por realización de estudios de impacto ambiental, levantamientos topográficos, de gestión y de publicidad.
- Las inversiones de reposición o sustitución de equipos y maquinaria, así como maquinaria de segunda mano.
- Los gastos financieros consecuencia de la inversión y los de adquisición de inmuebles y terrenos.
- Los gastos derivados de un incremento del presupuesto de la actuación subvencionable contemplada en la resolución de concesión.
- Los gastos tales como tasas y costes de carácter tributario.
- Las inversiones realizadas mediante fórmulas de arrendamiento financiero, sistemas de venta y arrendamiento retroactivo.
Plazos para las subvenciones Placas solares EXTREMADURA
El plazo para la presentación de solicitudes comenzó el 18 de noviembre de 2020 (18/11/2020) y finaliza el 17 de mayo del 2021 (17/05/2021). El presupuesto máximo subvencionable por instalación será 750.000 €, financiado por la entidad FEDER.
La documentación y las solicitudes de ayudas se entregaran de manera telemática a través de este enlace. También se puede presentar acudiendo a cualquiera de las oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura.
Subvenciones Placas solares EXTREMADURA
MAS INFORMACIÓN DE SUBVENCIONES
https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/25/pdfs/BOE-A-2018-17706.pdf