Subvenciones Placas solares CANARIAS EMPRESAS 2021, con la finalidad de fomentar el autoconsumo eléctrico, individual o colectivo a través de la instalación de energía solar renovable fotovoltaica en microempresas, pequeñas empresas y entidades y organizaciones privadas sin ánimo de lucro, todas ellas situadas en la isla de Gran Canaria. En el siguiente artículo te comentamos todos los requisitos para poder optar a ellas e incluso la burocracia pertinente:
Beneficiarios de las Subvenciones Placas solares CANARIAS EMPRESAS 2021
Los beneficiarios de la subvención serán los propietarios de instalaciones de energía solar fotovoltaica destinada para el autoconsumo, con un incide de autoconsumo eléctrico de al menos el 80% (consultar aquí).
Estas deberán ser realizadas en la isla de Gran Canaria y deberán cumplir uno de estos dos requisitos:
- Microempresas y pequeñas empresas.
- Entidades y organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
No se concederá más de una subvención por inmueble y solicitante en esta
Convocatoria.
Requisitos de la instalación
La instalación debe cumplir dos condiciones:
- Cumplir con la norma UNE-EN 61215 sobre homologación.
- Contar con una eficiencia mínima de 0,18 kW/m2.
Presupuestos Financiables Máximos
Las subvenciones totales de esta convocatoria suman los 100.000€ y corren a cargo de la CIEGC.
- La subvención ser realizará por cada punto de suministro (CUPS).
- Y la cuantía exigible será de 80 céntimos de euro (0,8 €) por cada Vatio de potencia nominal. Con un máximo de 4.000€ por cada instalación.
Como ya se citó antes, el índice de autoconsumo debe ser como mínimo del 80% (consultar aquí).
Gastos Subvencionables
Después de haber cumplido las anteriores disposiciones, se entenderán por subvencionables:
- Los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
- Los gastos necesarios para llevar a cabo la instalación.
NO serán subvencionados los gastos que tengan un valor superior al del mercado.
Gastos no subvencionables
- El coste derivado de la amortización de los bienes inventariables.
- Los intereses bancarios.
- Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
- Los impuestos indirectos que se puedan recuperar como el IVA o el IGIC, ni el IRPF o el Impuesto Sobre Sociedades.
Documentación necesaria
A través del siguiente enlace, deberá rellenar un formulario y presentar la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad.
En el caso de personas jurídicas:
-
- Tarjeta de identificación fiscal (CIF).
- Escritura de constitución de la entidad solicitante, así como de los
vigentes Estatutos o documento fundacional correspondiente.
- Documento en el que se acredite, en su caso, las facultades de representación (El representante es obligatorio en caso de que el solicitante sea persona jurídica).
- Documento con la simulación fotovoltaica de la web del CIEGC: (consultar aquí).
- Facturas de la electricidad del punto de suministro (CUPS) al que estará vinculada la instalación de los 12 meses anteriores a la solicitud.
Para la acreditación de la propiedad del inmueble:
- Nota simple informativa expedida por el Registro de la Propiedad como máximo dentro de los tres meses anteriores a solicitud de la subvención.
- Si el promotor de la actuación no es propietario del inmueble:
- Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona propietaria del inmueble.
- Documento firmado por la propiedad del inmueble, en el que se
autorice al solicitante a la realización de las instalaciones objeto
de esta subvención y a la presentación de la solicitud de la subvención en esta convocatoria.
En el caso de las empresas:
- Cuentas anuales de la empresa solicitante.
- Declaración responsable emitida por el representante de la empresa en la que se refleje el número de empleados de la empresa.
- Declaración responsable emitida por el representante de la empresa en la que se indique la calificación como empresa autónoma, o bien se
indique las empresas asociadas o vinculadas.
Para el autoconsumo colectivo, además de TODO, lo anterior:
- Acuerdo de reparto de energía firmado por todos los consumidores asociados.
Plazos para las subvenciones Placas solares CANARIAS EMPRESAS 2021
El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 31 de diciembre del 2021 (31/12/2021). El presupuesto máximo subvencionable será 100.000 €, financiado por la entidad CIEGC. Y el presupuesto máximo subvencionable por instalación será de 4.000€.
El plazo límite para la ejecución de la actuación subvencionada será de TRES (3) MESES a contar desde la resolución definitiva de la concesión de la subvención.
El beneficiario podrá renunciar a la subvención en un plazo de 10 días.
No se concederá más de una subvención por inmueble y solicitante en esta Convocatoria.
Subvenciones Placas solares CANARIAS EMPRESAS 2021
MAS INFORMACIÓN DE SUBVENCIONES
https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/25/pdfs/BOE-A-2018-17706.pdf