El 29 de septiembre de 2021, la Xunta aprobó la convocatoria a las ayudas al autoconsumo industrial en Galicia para incentivar la instalación de placas solares en las empresas de la comunidad gallega y conseguir ahorros de 7 millones de euros en sus facturas.
El presupuesto total de las ayudas es de casi 20 millones de euros y está destinado a los programas 1, 2 y 3 dirigidos al autoconsumo y almacenamiento en baterías con fuentes de energía renovable en el sector servicios y sectores producticos.
Sigue leyendo para informarte de las subvenciones al autoconsumo industrial en Galicia para 2021-2023 de los fondos Next Generation EU.
Tabla de Contenidos
La resolución de subvenciones para instalar placas solares y baterías en empresas de Galicia, fue publicada en el DOG del 6 de octubre de 2021. En ella, se convocan los incentivos para el autoconsumo industrial y almacenamiento en baterías acogidos al Real Decreto 477/2021 del 29 de junio, con los que se pretende contribuir al cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estos objetivos están alineados con diferentes programas que desarrolla la Xunta de Galicia, ya que se considera que la utilización de energía fotovoltaica y su almacenamiento eléctrico contribuirán a la descarbonización del sistema eléctrico.
Gracias a estos apoyos, se espera conseguir ahorros anuales de 65.000 MWh/año, así como una reducción de emisiones de 23.000 toneladas de CO2 al año, equivalente a la acción de 1.150.000 árboles
La entidad responsable de la ejecución de estos programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables, en la Comunidad Autónoma de Galicia, será la Agencia Instituto Energético de Galicia (Inega).
Podrán optar a este programa de ayudas al autoconsumo industrial:
– Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios al mercado, incluyendo entre otros:
– Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
– Sector público institucional.
– Entidades y organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
El presupuesto de esta convocatoria de ayudas con fondos europeos procedentes del mecanismo de recuperación y resiliencia tiene una cuantía de 19.807.118,00 euros con un reparto plurianual.
Año | Presupuesto |
2021 | 1.442.476 € |
2022 | 10.189.782 € |
2023 | 7.357.374 € |
2024 | 817.486 € |
Por otro lado, la dotación económica para instalar paneles solares con o baterías en empresas de la Comunidad de Galicia es de 18.946.973 € y está destinado para ejecutar los programas de incentivos 1,2,3 que son los asignados al autoconsumo y almacenamiento industrial fotovoltaico.
Tipo de actuación | Presupuesto |
Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento. | 5.316.333 € |
Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento. | 11.026.409€ |
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. | 2.604.231€ |
El plazo de presentación de las subvenciones al autoconsumo industrial en Galicia comenzará las 9.00 horas del día 21 de octubre de 2021 y finalizará el 31 de diciembre de 2023.
Además, las solicitudes se realizarán únicamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y en la página web del Inega (www.inega.gal)
El Inega será el órgano competente para la instrucción del procedimiento administrativo de concesión de las subvenciones y corresponde a la persona titular de la dirección del Inega dictar las diferentes resoluciones que se deriven de dicho procedimiento.
La justificación de los destinatarios de la subvención se realizará en la página web del Inega (www.inega.gal), de manera electrónica mediante la aplicación informática:
Los interesados podrán consultar en la aplicación informática y en la Carpeta ciudadana-Mi sede, accesibles desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) el estado de sus solicitudes a medida que avanza la tramitación administrativa del expediente y la documentación presentada.
Las ayudas se calculan en función valores fijos o módulos por la unidad de potencia de la instalación y cubrirán parcialmente los costes subvencionables.
Los costes subvencionables unitarios máximos aplicables de forma adicional a los presentados en la tabla anterior son los siguientes:
Si la nueva instalación va a incorporar baterías, se añadiría una ayuda adicional con los siguientes valores en función de la potencia de la batería instalada:
En los programas de incentivos 1 y 2, La cuantía de ayuda se podrá incrementar en un 5% cuando las instalaciones se sitúen en municipios de hasta 5.000 habitantes, o en municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos urbanos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes.
Vamos a calcular la cuantía de la subvención que correspondería a diferentes empresas en función de los kWp de la instalación fotovoltaica que vayan a instalar y del tamaño de la empresa.
150 kWp x 749* €/kWp = 111.750 € le correspondería el 15% del coste subvencionable, es decir 11.175€
45 kWp x 910* €/kWp = 40.950 € le correspondería el 25% del coste subvencionable, es decir 10.237 €
9 kWp x 1.188* €/kWp = 10.692€ le correspondería el 45% del coste subvencionable, es decir 4.811 €
Además, esta pequeña empresa, está localizada en la localidad coruñesa de Laxe, con menos de 5.000 habitantes. Por ese motivo, se le añadiría un 5% más al coste subvencionable de su instalación, es decir 534 €.
El coste subvencionable quedaría en 10.692€ + 534 €= 11.226 €
Ahora vamos a calcular la subvención que correspondería al añadir baterías a instalaciones fotovoltaicas existentes. Se calcula en función de la capacidad de las baterías instaladas.
120 kWh x 350* €/kWh = 42.000 € le correspondería el 45% del coste subvencionable, es decir 18.900 €
80 kWh x 500* €/kWh = 40.000 € le correspondería el 55% del coste subvencionable, es decir 22.000 €
7 kWh x 700* €/kWh = 4.900 € le correspondería el 65% del coste subvencionable, es decir 3.185 €
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